Licencia postparto

Posterior al parto, toda madre trabajadora tiene derecho al descanso postnatal (o licencia postparto) que consiste en:

Son 12 semanas (84 días) de permiso después del parto. Sin embargo, de acuerdo a las condiciones de nacimiento de los recién nacidos, este plazo puede extenderse:

- Cuando nace antes de iniciada la semana número 33 de gestación o si al nacer pesa menos de 1.500 gramos, el postnatal es de 18 semanas (126 días).

- En el caso del nacimiento de dos o más bebés, el período de postnatal se incrementa en siete días corridos por cada niño/a nacido a partir del segundo.
Es un permiso por 12 semanas (84 días) inmediatamente a continuación del descanso postnatal. Se puede hacer uso en dos modalidades:

- Jornada completa: por doce semanas (84 días).

- Jornada parcial: por 18 semanas (126 días), para hacer uso de media jornada a elección de la madre (mañana o tarde).

Este permiso puede ser traspasado al padre, a contar de la séptima semana, por el número de semanas que la madre indique. El periodo utilizado por el papá deberá ubicarse en el tramo final del permiso y ser en la misma modalidad que optó la madre.

Puedes solicitar este permiso durante la hospitalización en la Unidad de Puerperio Integral o de forma ambulatoria. Debe presentar el comprobante de la licencia prenatal y el certificado de nacimiento del hijo, en los siguientes horarios:

- Lunes a jueves, de 14:30hrs a 15:30hrs.
- Viernes, de 14:00 a 15:00 hrs.
El padre con contrato vigente de trabajo, tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo/a, el que podrá utilizar como prefiera dentro de las siguientes opciones:

- Desde el momento del parto: en este caso será de cinco días corridos.

- Distribuir los cinco días dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento.

Para hacer efectivo el permiso, debe presentar el certificado de nacimiento del niño/a que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación a su empleador.